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viernes, 18 de noviembre de 2011

SHADOW DIRECTORS. Los principios jurídicos en el Reino Unido e Irlanda

En muchas circunstancias, la ley se aplica no sólo a un director, sino a los "directores ocultos" (Shadow Directors).

Es posible que un director o todo el Directorio de una sociedad holding, o la misma sociedad holding, sean considerados como un director oculto de una filial.


Que es un SHADOW DIRECTOR?

En términos generales es el tenedor de acciones de control o la mayoría (de acciones) de una empresa privada que no es (técnicamente) un director y no participa abiertamente en el gobierno de la empresa, pero cuyas indicaciones o instrucciones son habitualmente cumplidas por los empleados o los directores. A los ojos de la ley, él o ella es un director de facto y se mantiene igualmente responsables por las obligaciones de la empresa con la de otros directores de facto y de jure.

La legislación Británica e Irlandesa (1).


El artículo 251 de la Ley de Sociedades del Reino Unido de 2006 y artículo 27 de la Ley de Sociedades de Irlanda de 1990, definen al SHADOW DIRECTOR (Director Oculto) como una persona cuyas indicaciones o instrucciones son acatadas por los directores de la empresa.
A través de Jurisprudencia posterior en ambas jurisdicciones se ha ampliado esta definición en el sentido que una persona jurídica también puede ser considerada como un SHADOW DIRECTOR. Este enfoque resulta particularmente interesante en Irlanda, donde los directores corporativos están prohibidos.

El SHAWOR DIRECTOR es por lo tanto, una persona física o jurídica que, aunque no fue oficialmente nombrado miembro del Consejo de Administración, controla o influye en la gestión de la Compañía.  Sin embargo, quienes dan instrucciones o consejos como consecuencia de su ejercicio profesional, como un contador o un abogado, no se consideran Directores Ocultos debido a que sus consejos tienden a limitarse a un aspecto particular del negocio. Por el contrario, con el fin de ser considerado un Director Oculto, la persona física o jurídica debe tener el poder de controlar la mayoría o totalidad del Directorio, en un período de tiempo.

Deberes y obligaciones de los Directores Ocultos.

El Director Oculto está sujeto a los mismos deberes y obligaciones que los Direcatores debidamente designados.

La falta de nombramiento oficial como director no necesariamente impedirá que los tribunales en el Reino Unido e Irlanda concluyan sobre la existencia de una dirección oculta. Importantes deberes y obligaciones legales se atribuyen a los directores ocultos, con graves consecuencias por su incumplimiento.

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