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viernes, 21 de marzo de 2014

DIFICULTADES PARA ABRIR CUENTAS BANCARIAS EN EEUU

Se dificulta apertura de cuentas de argentinos en bancos de Estados Unidos.

El artículo hace mención a un relevamiento realizado por FDI entre instituciones financieras de los EEUU en referencia a los cambios y controles que realizan estas entidades para la apertura de cuentas de residentes en latinoamerica. También incluye comentarios de Mariano Sardáns, CEO de FDI, respecto al tema.

Abrir una cuenta en un banco de los Estados Unidos suponía hasta ahora varios requisitos pero nada demasiado engorroso: mandar una fotocopia del pasaporte certificada por banco o escribano, fotocopia de DNI o cédula, extracto original del banco en el país y una boleta original de algún servicio, como agua, luz, gas o teléfono, para certificar el domicilio, además de una carta de referencia del banco con el que la persona opera en la Argentina y completar un formulario de apertura de cuenta. Hoy, todo esto ya no es más suficiente. Ahora es preciso ir personalmente.

"“Si abrir una cuenta se ha transformado en algo dificultoso, mantenerla abierta lo es aún más. Todo está avanzando hacia estándares más estrictos de transparencia, y eso hace que las transacciones que realiza en su cuenta en el exterior una persona o empresa tenga una justificación válida y documentada; caso contrario, la cuenta se cierra. Y más cuando se trata de latinoamericanos”", sostiene Sardáns.

Nota completa en: http://www.cronista.com/finanzasmercados/Se-dificulta-apertura-de-cuentas-de-argentinos-en-bancos-de-Estados-Unidos-20140321-0043.html

jueves, 20 de marzo de 2014

Argentina analiza eliminar el encaje a las inversiones extranjeras directas

La medida había sido establecida en 2005 cuando el ingreso de capitales ponía en riesgo el nivel del tipo de cambio. Una situación diferente a la actual


El Ministerio de Economía está decidiendo la eliminación total del encaje del 30% que existe a las inversiones extranjeras directas. La medida, dictada en 2005, tuvo luego sucesivas correcciones y modificaciones, como las excepciones a determinadas operaciones lanzadas en octubre pasado (pago de impuestos y compra de equipamiento).


No tiene demasiado sentido su existencia, habida cuenta de que la situación del mercado cambiario es bien diferente de la de hace 9 años, cuando la preocupación pasaba por proliferación de los capitales golondrina.


Fuente: http://www.iprofesional.com/notas/182941-Economa-analiza-eliminar-el-encaje-del-30-a-las-inversiones-extranjeras-directas

jueves, 13 de marzo de 2014

LA PLANIFICACION FISCAL DE MOLINOS

Nuevo revés para Molinos: la Justicia frenó una cautelar para no pagar el ajuste reclamado por la AFIP

La empresa había solicitado una medida de no innovar luego de que la AFIP había quedado habilitado para emitir boleta de deuda e iniciar la ejecución fiscal de un ajuste millonario en materia de Impuesto a las Ganancias, realizado a la firma por las sumas pagadas en conceptos de dividendos por Molinos Holding Chile a Molinos Río de la Plata Argentina.

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En la causa, la AFIP puso en evidencia una maniobra llevada a cabo por Molinos Argentina, quien instrumentó y puso en marcha una estructura a fin de no pagar Impuesto a las Ganancias por las sumas recibidas de Perú y Uruguay, interponiendo una sociedad holding chilena para ampararse en el Convenio para evitar la doble imposición firmado por Chile con Argentina.
La Sala 1 de la Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la medida de no innovar peticionada por la empresa y aseguró que la misma no reunía uno de los requisitos fundamentales: la verosimilitud del derecho, esto es, que su derecho fuera cierto.
Por otro lado, uno de los magistrados agregó que la propia contribuyente reconocía que el impuesto cuyo pago se le exige responde a una estrategia de planificación fiscal para aminorar la carga tributaria. Y que en ese contexto no podría asignársele las graves consecuencias de irreparabilidad del perjuicio alegadas por la sociedad porque aquéllas no derivarían sino de impuesto ahorrado que, en circunstancias normales, hubiera debido afrontar por las utilidades concretas que percibió, cuya exigencia pudo haber previsto debido a la complejidad de la operatoria y a las dudas que presenta su interpretación.
Fuente: http://www.dialogofiscal.gob.ar/judiciales/revesmolinos.aspx

lunes, 6 de enero de 2014

INTERNATIONAL TAX PLANNING. En y desde Argentina: PARAISOS FISCALES PARA ARGENTINA - Cambio radical

INTERNATIONAL TAX PLANNING. En y desde Argentina: PARAISOS FISCALES PARA ARGENTINA - Cambio radical

ARGENTINA: Lista blanca de países no considerados de Baja o Nula Tributación



La AFIP ha establecido la base de territorios y regímenes NO considerados de Baja o Nula Tributación (BONT). 

En este sentido debemos recordar que por Decreto PEN 589/2013 se reemplazó la ·lista negra" vigente de países y regímenes considerados BONT por una "lista blanca", es decir la enumeración de los países no considerados BONT..  En otras palabras todas las jurisdicciones no incluidas en esa lista a partir del 01/01/2014 deben considerarse de Baja o Nula Tributación.

En consecuencia, los contribuyentes que realicen operaciones con contra-partes ubicadas en las jurisdicciones.no incluidas en el nuevo listado, deberán realizar estudio de precios de transferencia y eventual ajuste en el impuesto a las ganancias, sobre dichas operaciones 

Los países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados y regímenes tributarios especiales, considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal se clasifican conforme se indica a continuación:
  1. cooperadores que suscribieron Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información, con evaluación positiva de efectivo cumplimiento de intercambio de información,
  2. cooperadores con los cuales habiéndose suscripto Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información, no haya sido posible evaluar el efectivo intercambio, y
  3. cooperadores con los cuales se ha iniciado el proceso de negociación o de ratificación de un Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información.
Dicha base de datos, disponible desde el 01 de enero del 2014 en la página web del organismo recaudador (http://www.afip.gov.ar/genericos/novedades/jurisdiccionesCooperantes.asp) 
contiene 163 jurisdicciones, según se muestra seguidamente:



Más información: http://int-tax-planning.blogspot.com.ar/2013/05/paraisos-fiscales-para-argentina-cambio.html

Fuente: RES AFIP 3576/13 (B.O 31/12/2013)


jueves, 5 de diciembre de 2013

COMPETITIVE STRATEGY

CURSO DE ESTRATEGIA COMPETITIVA

Nos es grato informales que nuestro Director, Dr. C.P. Manuel Diaz, ha completado el curso de estrategia competitiva con mención de distinción dictado por el Instituto de Estrategia, Tecnología y Organización de la Universidad Ludwig Maximilians (LMU) de Munich, Alemania


Este curso de seis semanas introduce la teoría de juegos como una poderosa herramienta para pensar en la estrategia de negocios de una manera sistemática. Los participantes aprenden a identificar las interdependencias entre las empresas y anticipar el comportamiento de los competidores en sus decisiones empresariales.

El Instituto de Estrategia, Tecnología y Organización (IETO) de la LMU

LMU Munich es una de las universidades de investigación líderes en Europa, con una de más de 500 años de tradición.

El IETO fue fundado a fines del 2006 como una cátedra de la Deutsche Telekom Stiftung. La investigación y la docencia en el IETO se centra en la intersección entre la gestión estratégica, la tecnología y la organización. Una amplia gama de herramientas metodológicas (por ejemplo, modelos matemáticos y econométricos formales, simulaciones por ordenador y la investigación cualitativa) proporciona la base para los proyectos de investigación y cursos del Instituto
ISTO Team WS 2013/2014
El equipo del IETO

martes, 5 de noviembre de 2013

ARGENTINA-SUIZA CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION E INTERCAMBIO DE INFORMACION


Suiza es una de las plazas financieras más importantes del mundo e histórico refugio para capitales no declarados al fisco. Ante la presión internacional, ese país comenzó a suscribir acuerdos de intercambio de información en convenios de doble imposición. Uno de ellos es con Argentina.

El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y el embajador de Suiza, Johannes Matyassy, iniciarán hoy al mediodía el acuerdo de intercambio de información tributaria de Argentina con el país europeo. Esto supone que el texto ya está definido y sólo restará su firma, que se concretará en enero. 


Primero, ambos países ampliaron la asistencia judicial mutua en materia penal y ahora impulsan un acuerdo de doble imposición, que incluye el artículo 26 de la OECD sobre pedidos de información. 

Una vez que entre en vigencia, si Argentina tiene una duda sobre uno de sus ciudadanos podrá pedir información a través de los canales oficiales y la recibirá, pero si quiere saber qué ciudadanos argentinos tienen cuentas en Suiza, eso no se le informará, porque el convenio exige que se justifique cada pedido de manera particular.

Tal como adelantó Página/12 el 13 de octubre, Suiza aceptó incluir en el nuevo convenio para evitar la doble imposición las siguientes condiciones:

Bienes Personales-Responsable Sustituto (equivalente al 0,5 por ciento del patrimonio de la sociedad). Los cambios implicarán un ingreso adicional a la AFIP de 40 millones de pesos anuales. La situación actual es que si una empresa argentina tiene como accionista a un suizo, no paga el impuesto. Con el futuro CDI, si una empresa argentina tiene como accionista a un suizo, pagará el impuesto.

Retención del Impuesto a las Ganancias para el pago de regalías. Esto reportará un ingreso adicional al fisco argentino de 70 millones de pesos anuales. La presente situación es que si una empresa argentina paga regalías a una empresa suiza, no retiene el Impuesto a las Ganancias. Con el futuro convenio, si una empresa argentina paga regalías a una empresa suiza, deberá retenerle el Impuesto a las Ganancias

Uno de los puntos más relevantes es que ha incorporado un artículo de intercambio de información fiscal, además del compromiso de Suiza de implementar el intercambio automático de información cuando el G-20-OCDE lo defina como “estándar internacional”.

Fuente: Página 12