Te deseo muy felices fiestas y que el año que se inicia nos encuentre compartiendo proyectos y realizaciones. Un fuerte abrazo
La PLANIFICACION FISCAL es lícita cuando se elige la mejor alternativa entre posibles opciones legales que permitan reducir la carga impositiva
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miércoles, 23 de diciembre de 2015
FELIZ 2016
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viernes, 31 de julio de 2015
BRASIL - Obligación de informar estructuras de tax planning
El Poder Ejecutivo ha dictado la Medida Provisoria (1) Nro. 685 de fecha 21.07.215 estableciendo la obligación de los contribuyentes de informar al organismo de recaudación (Receita Federal do Brasil) sus estrategias de planeamiento tributario.
Esta medida implementa en Brasil el Plan de Acción sobre erosión de Bases Imponibles y Transferencia de Utilidades (OCDE, 2013), siguiendo el camino marcado por el Reino Unido, los Estados Unidos de América, Canadá, Irlanda, Portugal y Sudáfrica.
TRANSACCIONES SUJETAS A INFORMACIÓN
El conjunto de las operaciones realizadas en el año calendario anterior que impliquen actos o negocios jurídicos que den lugar a la eliminación, reducción o diferimiento de impuestos debe ser declarado por el contribuyente a la Receita Federal de Brasil (RFB), antes del 30 de septiembre de cada año cuando:
- los actos o negocios jurídicos realizados no tengan razones extra tributarias relevantes;
- la forma adoptada no sea habitual, se utilicen negocios jurídicos indirectos o cláusulas que desnaturalicen, aun que sea parcialmente, los efectos de un contrato típico; o
- se trate de actos o negocios jurídicos específicos previstos disposiciones de la RFB.
El sujeto pasivo deberá presentar una declaración jurada por cada conjunto de operaciones que se realicen de forma interconectada, de acuerdo a lo que establezcan las regulaciones pertinentes.
TRATAMIENTO DE LA PRESENTACIÓN
La declaración del contribuyente informando actos o negocios jurídicos todavía no realizados es tratada como la consulta con la legislación fiscal.
Por los negocios efectivamente realizados, el contribuyente deberá soportar el impuesto adeudado y los intereses moratorios correspondientes solamente si la transacción no se reconoce a efectos fiscales por la RFB.
EVENTUALES SANCIONES
El incumplimiento de la presentación o la impugnación de la declaración presentada por las causales enumeradas en el art. 11 de la norma bajo análisis, es considrada como intención de fraude y sancionada con las multas pertinentes aplicables sobre el impuesto omitido y sus intereses.
OBJETIVOS E LA NORMA
El principal objetivo de esta medida es proveer a la administración fiscalcon información oportuna sobre la planificación fiscal. Adicionalmente pretende proporcionar seguridad jurídica a la empresa que revela la operación.
Por otra parte, se hizo hincapié en que la medida alienta una postura más cautelosa por parte de los contribuyentes antes de hacer uso de la planificación fiscal agresiva.
(1) Una Medida Provisoria en la legislación brasileña es un acto del Poder Ejecutivo con fuerza inmediata de ley sin la participación del Poder Legislativo, quien será convocado en un momento posterior para su discusión. Es una disposición similar a los Decretos de Necesidad y Urgencia previstos en la Constitución Nacional Argentina
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