• Convenio entre la República Argentina y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio.
Firma: Buenos Aires, 23 de abril de 1997
Aplicación Provisional: 23 de noviembre de 2000
Aplicación Provisional terminada por Nota Argentina del 16 de enero de 2012, que dice:
“En cuanto al Acuerdo entre ambos países para evitar la Doble Imposición en relación a los Beneficios Procedentes del Transporte Marítimo y Aéreo, concluido a través de intercambio de notas de fecha 13 de enero de 1950 y al que se refiere el apartado 3 del artículo 25 del Convenio de 1997, es el entendimiento del Gobierno argentino que continuará suspendido en su vigencia”
• Protocolo Adicional con Relación al Convenio entre la República Argentina y la ConfederaciónSuiza para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio.
Firma: Buenos Aires, 23 de noviembre de 2000
Vigor: 23 de noviembre de 2000
(Terminación por Nota Argentina) 16 de enero de 2012
• Protocolo de Enmienda al Convenio entre la República Argentina y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio.
Firma: Buenos Aires, 23 de abril de 1997
Aplicación Provisional: 23 de noviembre de 2000
Aplicación Provisional terminada por Nota Argentina del 16 de enero de 2012
• Protocolo de Enmienda al Convenio entre la República Argentina y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio del 23 de abril de 1997.
Firma: Buenos Aires, 7 de agosto de 2006
Aplicación Provisional: 23 de noviembre de 2000
Aplicación Provisional terminada por Nota Argentina del 16 de enero de 2012
B.O. 31/01/2012 (República Argentina)