Con motivos de las noticias sobre AFIP (Administración
Federal de Ingresos Públicos) suspendiendo en Argentina la CUIT (Clave única de
Identificación Tributaria) de la firma multinacional Procter & Gamble y
denuncia penal en juzgados locales y en la Security & Exchange Commission
(SEC) de los Estados, ha surgido la inevitable pregunta del título: ¿Hay
incentivos para sobre-facturar importaciones argentinas de Brasil?.
La respuesta es indudablemente afirmativa !!!
Para un mejor entendimiento de la problemática podemos
considerar tres aspectos salientes:
- Tributos sobre las utilidades en Argentina y
Brasil
- Derechos de importación
- Brecha cambiaria en Argentina.
IMPUESTO A LAS
GANANCIAS EN ARGENTINA VS. BRASIL
Desde el punto de vista de la imposición sobre las rentas,
la tributación sobre las exportaciones en Brasil es más benigna que la que
aplica Argentina sobre las ganancias de la venta de esos mismos productos
importados.
Como se desprende del cuadro siguiente la diferencia de
imposición entre ambos países es notable, y ello sin considerar la eventual existencia
de regímenes de promoción fiscal en Brasil (v.g. Manaos)
En consecuencia una sobre-facturación de los precios de
importación Argentina desde Brasil disminuiría la ganancia de la empresa
Argentina (por el mayor costo) aumentando la utilidad de la empresa brasileña
(por el mayor precio de venta), lo que a nivel grupo significaría un ahorro
mínimo del 7,5% de dicho excedente de precio.
Esto debería corregirse con un eventual ajuste de “precios de transferencia”, pero este
ajuste no es más que una estimación y puede diferir de la realidad interna del
grupo empresario.
DERECHOS DE IMPORTACIÓN EN ARGENTINA.
En este aspecto el efecto es nulo debido a que los productos
originarios de los países miembros del MERCOSUR, excepto de sus zonas francas, no tributan impuestos aduaneros (excluidas las
tasas por servicios).
En diciembre de 1994, Argentina y Brasil firmaron en Ouro
Preto un Acuerdo eximiendo de impuestos a la importación de productos
originarios del Área Aduanera de Tierra del Fuego (Argentina) y de la Zona
Franca de Manaos (Brasil). En
consecuencia, los bienes producidos en Manaos se benefician con esta exención de
derechos aduaneros.
BRECHA CAMBIARIA EN
ARGENTINA.
Las restricciones existentes para el acceso al mercado
oficial de cambios (MULC) en Argentina obligan a las empresas necesitadas de
divisas (para cancelar préstamos, repatriar utilidades, etc.) a recurrir a una
operatoria que localmente se ha dado en llamar “contado con liquidación” (o “contado con liqui”).
Mediante esta operatoria la empresa argentina
adquiere en el mercado de valores local títulos de la deuda pública o acciones
que cotizan en mercados extranjeros. La
compra se produce en pesos argentinos.
Los
títulos adquiridos se transfieren a la cuenta de un broker en el exterior, a quien se
le encarga su venta, la que se realizará naturalmente en la moneda del país
extranjero (v.g. dólares americanos en el NYSE).
La relación entre los pesos
argentinos colocados (en la compra de los títulos, incluidas las comisiones)
con la moneda extranjera obtenida por la venta en el mercado de valores del exterior resulta en un tipo de cambio
significativamente superior al vigente en el MULC.
El cuadro siguiente muestra la brecha entre el dólar americano
en el MULC y el resultante de la operatoria “contado
con liqui” durante los últimos 30 días:
Así, quien desee obtener dólares en el exterior a través de esta operatoria
de “contado con liqui” deberá
desembolsar un 52,7% más que si lograra adquirir esa moneda en el MULC.
Ahora, un importador argentino con acceso al MULC para
cancelar su importación, podría obtener esos mismos dólares pactando con el exportador del exterior (vinculado) un eventual sobreprecio. Como se puede imaginar. mediante este artificio conseguiría las divisas al tipo de cambio oficial, logrando una sustancial economía. Actualmente, este mecanismo le generaría un ahorro de aproximadamente 52,7% sobre los dólares de la sobre-facturación; ello comparado con el precio que pagaría si tuviera que acceder al mercado de “contado con liqui”.
RESUMEN
Las condiciones coyunturales del mercado argentino
constituyen una tentación para la sobre-facturación de importaciones de
productos originarios del MERCOSUR. Respecto
de importación de otros países ajenos al MERCOSUR, el beneficio se reduciría
por el efecto de los eventuales derechos de importación.
Pero este efecto también ocurre en sentido inverso, es decir
para la sub-facturación de exportaciones, pero ahora destinados a cualquier
mercado extranjero.